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El Programa de Intervención Familiar se define como un conjunto de actuaciones de carácter profesional, que se desarrollan para proporcionar apoyo a las familias y/o unidades convivenciales en situaciones de desventaja social y con menores a su cargo.
El objetivo general del programa es lograr un mayor bienestar social de las familias, priorizando las intervenciones en aquellos núcleos convivenciales que se encuentren en situaciones de riesgo o inadaptación social, logrando la integración de los mismos en la vida social de forma normalizada. Igualmente se priorizarán las intervenciones preventivas en aquellas situaciones en las que la carencia de recursos personales, económicos o materiales en las familias o núcleos convivenciales, pueda suponer la adopción de medidas de protección.
PROGRAMA DE INTERVENCIÓN FAMILIAR SIN AYUDAS ECONÓMICAS FAMILIARES
Si durante la valoración que antecede a la intervención se detecta que la situación económica de la familia no es un factor de riesgo, ya que en el núcleo de convivencia existen unos ingresos normalizados y suficientes para atender las necesidades básicas de los menores, pero se detectan carencias y/o riesgo en otras áreas (social, educativa, de habilidades de crianza, de relaciones familiares), la familia será incluida en este programa sin Ayudas Económicas Familiares.
OBJETIVOS
Dotar a los miembros de la unidad de convivencia de habilidades personales, sociales y de relación para que el desarrollo integral de los menores no se vea afectado y desaparezcan los riesgos de exclusión social.
REQUISITOS
- Estar empadronado y residiendo en un municipio (de menos de 20.000 habitantes) objeto de la solicitud.
- Ser mayor de edad y/o constituir una unidad familiar independiente, con menores a su cargo.
- Actitud de motivación que propicie el cambio.
- Estabilidad en la residencia, que favorezca la continuidad en el programa de intervención, salvo ausencias justificadas por trabajo temporal, hospitalización, etc.
- Aceptar los acuerdos establecidos en la intervención entre el equipo de profesionales y la persona usuaria.
- Asistencia regular al Colegio de los y las menores de la unidad familiar (no generar más de cinco faltas mensuales sin justificar), salvo casos excepcionales a estudiar por el Equipo de Servicios Sociales Comunitarios.
PROGRAMA DE INTERVENCIÓN FAMILIAR CON AYUDAS ECONÓMICAS FAMILIARES
La Orden de 10 de octubre de 2013 (BOJA nº 204 de 16 de octubre) por la que se regulan las Ayudas Económicas Familiares y su gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales, considera las Ayudas Económicas Familiares como una prestación básica complementaria de Servicios Sociales Comunitarios, de carácter temporal, dinerarias o en especie, que se conceden a las familias para la atención de necesidades básicas de los y las menores a su cargo, cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello, y dirigidas a la prevención, reducción o supresión de factores que generen situaciones de dificultad o riesgo social para los y las menores con el fin de favorecer su permanencia e integración en el entorno familiar y social, evitando así situaciones de desprotección que pudieran producirse de continuar las mismas circunstancias.
OBJETIVOS
Prevenir, reducir y/o suprimir situaciones de riesgo social derivado de la carencia de recursos económicos de la unidad familiar.
REQUISITOS
- Residencia en el término municipal.
- Insuficiencia de recursos económicos en el hogar donde el o la menor resida o se reintegre, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la citada Orden.
- Existencia de necesidades básicas del o la menor que deben ser cubiertas.
- Cuando además existan disfunciones educativas y psico-sociales que puedan suponer un riesgo para el desarrollo integral de los y las menores, será requisito imprescindible, la existencia y aceptación por parte de la familia de un Proyecto de Intervención Familiar, que contribuya a superar la situación, sobre la base del compromiso de la familia, en función de sus posibilidades de cambio y de acuerdo a los objetivos planteados en el mismo.
- La valoración de un pronóstico positivo sobre la resolución de la problemática detectada, entendiendo como tal, la existencia de predisposición o voluntad para la atención adecuada de las necesidades de los y las menores, salvo otras circunstancias debidamente motivadas.
¿CÓMO ACCEDER Y SOLICITAR EL PROGRAMA?
Se accede mediante una solicitud normalizada que se gestiona a través de los Servicios Sociales Comunitarios de cada Ayuntamiento.
PLAZOS
El plazo de solicitud estará abierto durante todo el año.