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Actuaciones encaminadas a la protección de animales domésticos.
A los efectos de la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales, se consideran animales de compañía todos aquellos albergados por los seres humanos, generalmente en su hogar, principalmente destinados a la compañía, sin que el ánimo de lucro sea el elemento esencial que determine su tenencia.
La Diputación de Granada ha puesto en marcha un programa en la Concertación 2020/2021 que prestará apoyo económico a los municipios y entidades locales de la provincia de Granada, de población igual o inferior a 20.000 habitantes, para en los términos dispuestos por la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, la realización de servicios y acciones dirigidas a la protección de los animales domésticos en su territorio, como pueden ser:
- Campañas en contra del abandono de animales.
- Campañas para fomento de la adopción de animales abandonados.
- Campañas para fomentar responsabilidad en la tenencia de animales domésticos.
- Campañas de concienciación sobre limpieza viaria de restos orgánicos animales.
- Habilitar zonas cercadas, correctamente dimensionadas y acondicionadas, para que los perros puedan defecar.
- Instalación de contenedores para recoger los excrementos de perros.
Los gastos deberán encajar con los objetivos que se persiguen, quedando excluidos todos aquellos que no se adecuen a los mismos.
Delegación de Medio Ambiente y Protección Animal
C/ Periodista Barrios Talavera, 1. 18014 Granada.
Telf: 958 247 973