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El objeto de este programa es apoyar a los distintos municipios, entidades locales autónomas y mancomunidades en la construcción, modernización y mejora de instalaciones deportivas públicas y adquisición de equipamientos deportivos para éstas, con el fin de acercar el deporte a la ciudadanía, contribuyendo a la mejora de su calidad de vida.
Atendiendo a lo dispuesto en el Decreto 144/2001, de 19 de junio sobre Planes Locales de Instalaciones Deportivas, en la provincia de Granada, los ayuntamientos están inmersos en el proceso de elaboración y aprobación de sus propios Planes Locales bajo la asistencia técnica de Diputación. Siendo referente para la planificación en la política de inversión provincial, consiguiendo una distribución equilibrada de las instalaciones deportivas.
Se atenderá a cinco modalidades de colaboración:
2521: Modernización, remodelación y mejora de instalaciones y otros espacios de uso deportivo.
2522: Construcción de nuevas instalaciones y espacios deportivos.
2523: Colaboración económica para la construcción de instalaciones deportivas, cofinanciadas por otras administraciones.
2524: Adquisición de equipamiento deportivo para instalaciones deportivas y espacios de uso deportivo-recreativo.
2525: Asesoramiento en la elaboración y seguimiento de planes locales de instalaciones deportivas.
2. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración:
* Falta de financiación para la ejecución de instalaciones o espacios deportivos de anteriores anualidades.
* El ente local debe tener aprobado, o estar en proceso de elaboración, el Plan Local de Instalaciones Deportivas.
* Inversiones realizadas en los últimos ocho años por parte de la Diputación de Granada y la Junta de Andalucía.
*Grado de ejecución de anteriores inversiones en materia de construcción y remodelación de instalaciones deportivas.
*Participación deportiva del ente local en programas de la Delegación de Deportes y programas propios.
*Déficit de instalaciones deportivas en el municipio en base a las directrices establecidas en el Plan Director de Instalaciones Deportivas de Andalucía, debiendo estar reflejadas en el Plan Local de Instalaciones Deportivas.
*Número de habitantes, dispersión geográfica y número de núcleos de población del ente local.
El servicio gestor, a la hora de valorar las distintas solicitudes, tendrá en cuenta la prioridad del ente local y la posición relativa de los distintos programas de la Delegación de Deportes entre sí.
Para la participación en este programa será requisito imprescindible la colaboración de la Entidad Local en los trabajos de actualización del Inventario de Instalaciones Deportivas, elaborado según la metodología diseñada por la Delegación de Deportes.
3. FINANCIACION
Las actuaciones de los subprogramas 2521, 2522 y 2524 serán cofinanciadas por la Diputación y el Ente Local con el que se concierte según los siguientes porcentajes:
Población |
Aportación Municipal |
Aportación Diputación |
Ente local de menos de 500 habitantes |
5% |
95 % |
Ente local entre 501 y 1.000 habitantes |
8% |
92 % |
Ente local entre 1.001 y 2.000 habitantes |
13% |
87 % |
Ente local entre 2.001 y 3.000 habitantes |
18% |
82% |
Ente local entre 3.001 y 5.000 habitantes |
23% |
77% |
Ente local entre 5.001 y 10.000 habitantes |
28% |
72% |
Ente local entre 10.001 y 20.000 habitantes |
35% |
65% |
Cuando se trate de mancomunidades el criterio para determinar su población será la media aritmética de los habitantes de los municipios que integran la mancomunidad.
El 5% de la valoración total de la actuación será imputada como asistencia técnica, englobando ésta la redacción del proyecto y la tramitación administrativa.
En el caso del “Programa 2523: Colaboración económica para la construcción de instalaciones deportivas, cofinanciadas por otras administraciones”, la colaboración de la Diputación a la aportación municipal se valorará en cada caso.