Objetivo
Prestar apoyo económico a los entes locales de la provincia de Granada, para que puedan realizar servicios y acciones dirigidas a la protección de los bañistas mediante el balizamiento de las costas, así como para garantizar la limpieza de las mismas mediante embarcación, actividades de competencia municipal, en los términos dispuestos por la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Se desarrollará, a través de tres líneas de actuación, concediéndose prioridad a las dos primeras: