Agenda 21 / Agenda 2030

Evaluación de la Agenda 21 Local en la Provincia de Granada

Agenda 21En el año 2002 la Diputación firmó la Carta de Aalborg y se adhirió a la Red Andaluza de Ciudades Sostenibles (RECSA). En el año 2005, la Diputación de Granada apuesta por el crecimiento sostenible de los municipios mediante la financiación y asesoramiento técnico a los ayuntamientos, a través del Programa de Concertación Local 13201 y pone en marcha una Agenda 21 Provincial, que persigue ser un plan de acción hacia el desarrollo sostenible de todos los municipios de Granada y hacia un proyecto común de toda la provincia. Se pasa de coordinar tareas con unos grupos de trabajo conformados por personal técnico de cada una de las áreas de Diputación, a realizarlo con grupos de trabajo representados por técnicos municipales de los ayuntamientos de la provincia, para lo cual se creó la Red Granadina de Municipios hacia la Sostenibilidad (Red GRAMAS).

De esta forma, la Red GRAMAS se integra dentro de la Agenda 21 Provincial considerándose como una segunda fase de la misma, es decir es a la vez el Plan de Acción de la Agenda 21 Provincial y una herramienta de cooperación e intercambio de información y trabajo sobre cuestiones ambientales y otras que pudieran tener interés, entre los municipios de la provincia y de la Delegación de Medio Ambiente y Protección Animal de la Diputación.


www.redgramas.es

Como resultado del trabajo de estos 15 años, 88 de los 172 municipios que conforman la provincia de Granada, lo que representa el 51% tienen  un Plan de Acción. Los 88 municipios incluyen a 793.901 habitantes (87% de la población total de la provincia de Granada, según el Padrón Municipal de 2018) de los cuales 92,5% presentan Plan de Acción Local y el 7,5% Plan de Acción Comarcal. De estos, 12 son Planes de Acción Comarcales (incluyen 42 municipios) y 46 Planes de Acción Locales.

Durante el año 2019 se realizó una Evaluación de las Agendas 21 Locales de la provincia de Granada que concluyó:

  1. La dotación de una partida presupuestaria que se destine exclusivamente para la consecución del Plan de Acción Local por parte del Ayuntamiento y que no exceda del 10% del presupuesto municipal es fundamental para que se pueda garantizar su cumplimiento. El Plan de Acción debe tener una vigencia continua en el tiempo, de manera que una vez realizadas las acciones que se proponen, se vuelva a realizar un diagnóstico sobre la nueva situación municipal (indicadores de seguimiento) y se propongan nuevos proyectos de sostenibilidad urbana.
  2. Los Planes de Acción Comarcales preferentemente deberán basarse, en figuras comarcales como en conurbadas, unas necesidades y líneas de trabajo comunes, dónde además exista una coordinación institucional entre los ayuntamientos implicados.
  3. El liderazgo de la AL21 debe ser compartido entre personal político y personal técnico, debiéndose poner en conocimiento de todas las áreas municipales (no sólo la de medio ambiente) para propiciar la coordinación entre ellas, el desarrollo de los objetivos del Plan y fomentar el compromiso municipal.
  4. La vinculación de las AL21 con los Programas de Concertación Local u otras formas de financiación, podría ayudar sustancialmente a la consecución de los objetivos de sostenibilidad que se marquen y, además, supondría una oportunidad para la monitorización y seguimiento de las acciones/proyectos ejecutados por los ayuntamientos.
  5. El modelo de gobernanza municipal debe seguir un modelo participativo, garantizándose que sea vinculante a la hora de planificar y desarrollar actuaciones en pro de la sostenibilidad.
  6. Las Diputaciones juegan un papel fundamental en la cooperación con los municipios que menos recursos presentan y, a su vez, son un agente canalizador de financiación pública para diversos campos vinculados a la sostenibilidad.
  7. Es necesario establecer mecanismos especiales para la implantación de los compromisos internacionales y comunitarios dentro de los ayuntamientos de cada municipio. Especialmente, aquellos relacionados con la definición de presupuestos municipales. Es decir, establecer directrices o normativas para asegurar la aprobación de partidas presupuestarias necesarias para que sean alcanzados los Objetivos.

AGENDA 2030 Y AGENDA URBANA
La Agenda 2030 de las Naciones Unidas se basa en el establecimiento de un Plan de Acción que recoja los problemas o necesidades en torno a la realidad de las ciudades y se prepare para afrontar unos retos que transformen la realidad urbana en favor de la sostenibilidad a partir de unas líneas estratégicas y unos ejes de actuación que aborden las problemáticas existentes para los ámbitos territorial-ambiental, económico y social.

La Agenda Urbana Española es un documento estratégico sin carácter normativo que, de conformidad con los criterios establecidos por la Agenda 2030 y la Agenda Urbana para la Unión Europea, persigue el logro de la sostenibilidad en las políticas de desarrollo urbano en municipios y ciudades.

La elaboración previa de los Planes de Acción Locales realizados en el marco de la Agenda 21 Local, servirá de apoyo para la redacción de los Planes de Acción 2030. En este sentido existe los Programas de Concertación Local 15422 y 15423 para desarrollar estas Agendas, dependientes de la Delegación de Empleo y Desarrollo Sostenible.

Más información en: https://www.dipgra.es/servicios/proyectos-y-estrategias/agendas-urbanas/



Delegación de Agua, Promoción Agraria y Medio Ambiente
Servicio de Sostenibilidad Ambiental

C/ Periodista Barrios Talavera, 1. 18014 Granada.
Telf: 958 247 973
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