SUBVENCIONES 2025 TURISMO - ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Publicado el día: 29 mayo 2025
Plazo: desde el 30 mayo 2025, hasta el 27 junio 2025
Categoría: Turismo

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Con el fin de ayudar a todas aquellas entidades sin ánimo de lucro con proyectos turísticos de la provincia de Granada, que deseen llevar a cabo actividades de promoción de interés turístico, el Patronato Provincial de Turismo de Granada, aprueba la convocatoria de subvenciones para estas entidades.

 

 

Plazo de presentación de la solicitud

    • Plazo de presentación de la solicitud telemática incorporando el Anexo I - Solicitud. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
    • Se podrán recibir requerimientos mediante el Sistema de Notificaciones de la Sede Electrónica o mediante publicación en el BOP un listado de Entidades especificando la documentación a presentar en un plazo de 10 días hábiles.
    • Se publicará en BOP la propuesta de Resolución Provisional, con las entidades beneficiarias y suplentes, y se abrirá un plazo de 5 días hábiles, para que todas éstas presenten el Anexo IV de Aceptación, Re-formulación, y para aquellas que quieran presentar Alegaciones.
    • Se publicará en el BOP la Resolución de Concesión.
    • En el supuesto de que no hay recaído Resolución Definitiva antes del 30 de junio de 2025, el plazo máximo para la ejecución de los proyectos se amplía con carácter general a 6 meses posteriores al día siguiente de la aprobación de la Resolución Definitiva por el Vicepresidente del Patronato.
    • El plazo máximo para justificar la subvención otorgada será, con carácter general, de dos meses tras el plazo final para la ejecución del proyectos, mediante el Anexo IV y la documentación indicada en las Bases de la Convocatoria.

Plazo para subsanar

  • 10 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el BOP. Finaliza el 24 de Septiembre

 

A partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Granada, se concede un plazo de 5 DÍAS HÁBILES a todas las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias para presentar formalmente el anexo IV (escrito de aceptación/reformulación) o anexo VII (Renuncia) si procediera; y en su caso aquellas alegaciones que estimen oportunas.

 

Aquellas solicitudes de entidades que no presenten en tiempo y Forma el Anexo IV de aceptación-reformulación se entenderán desestimadas.

 

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